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El Impuesto Eléctrico o Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) se incluye en las facturas de electricidad. Mientras que en los suministros domésticos debe pagarse íntegramente, para las empresas u otras entidades existen algunos casos que quedan exentos o que pueden solicitar una reducción del 85% en la Base Imponible del Impuesto Eléctrico.

¿Qué es la exención del Impuesto Eléctrico?

Las actividades exentas de pagar el Impuesto Eléctrico están recogidas en el artículo 94 de la Ley 28/2014. Algunas de estas actividades son el suministro de electricidad en el marco de las relaciones diplomáticas o consulares o la energía eléctrica suministrada a organizaciones internacionales reconocidas como tales en España y llevado a cabo por los miembros de dichas organizaciones.

Además, también están exentas de este tributo la energía eléctrica suministrada en el marco de un acuerdo celebrado con terceros países u organizaciones internacionales, la energía eléctrica disfrutada por los titulares de las instalaciones de producción acogidas al régimen retributivo específico, conforme a la legislación sectorial o el suministro de electricidad generada por pilas de combustibles.

Por otro lado, también están exentos de pagar el Impuesto Eléctrico el suministro de electricidad a las fuerzas armadas de cualquier Estado, distinto de España, que sea parte del Tratado del Atlántico Norte o el llevado a cabo por el personal civil a su servicio, o en sus equipamientos. Por último, la energía eléctrica disfrutada en las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica para la realización exclusiva de estas actividades.

¿Qué es la reducción del Impuesto Eléctrico?

Hay actividades que no están exentas de pagar el Impuesto Eléctrico, pero según el artículo 98 de la Ley 28/2014 hay algunas actividades que sí pueden recibir una reducción de hasta el 85% en este tributo. Algunas de estas actividades son la reducción química y procesos electrolíticos, los riegos agrícolas o las actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5% del valor de la producción.

Por otro lado, otras actividades que pueden recibir una reducción del Impuesto Eléctrico son las relacionadas con los procesos mineralógicos y con los procesos metalúrgicos. Finalmente, las actividades industriales cuya electricidad consumida represente más del 50% del coste de un producto también pueden optar a la reducción de este tributo.

Solicitar una excención o reducción del Impuesto Eléctrico

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